CAMBIAN LINEAMIENTOS PARA APOYOS PARA LA PREVENCIÓN DEL DELITO
- Redacción
- 24 jul 2018
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CIUDAD DE MÉXICO.- La Secretaría de Gobernación (Segob) informó que se modifica el acuerdo por el que se establecen los lineamientos para el otorgamiento de apoyos a las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito (Pronapred).
A través del Diario Oficial de la Federación indicó que en los considerados del acuerdo se indica que los Estados de Querétaro y Yucatán han manifestado que no desean participar en el proceso de asignación de los recursos del Pronapred, los cuales ascienden a la cantidad de 16 millones 642 mil 480 pesos.
Recalcó que es necesario modificar los lineamientos con el objeto de prever los términos en los que podrán ser distribuidos los recursos no ministrados a alguna entidad federativa para que sean aprovechados por otra de las referidas en dicho instrumento.
Resaltó que en aras de beneficiar a un mayor número de ciudadanos en materia de Prevención Social de la Violencia y la Delincuencia como tema de relevancia nacional es imprescindible generar las herramientas normativas que permitan utilizar en su totalidad los recursos del Pronapred, por lo que he tenido a bien expedir el acuerdo señalado.
Precisó que “Se reforma el artículo 14 del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para el otorgamiento de apoyos a las entidades federativas en el marco del Programa Nacional de Prevención del Delito, para quedar como sigue:
“Los recursos no ministrados a las entidades federativas podrán ser distribuidos a otras y estarán condicionados a que se destinen a financiar proyectos nuevos o a la ampliación de metas de los proyectos de uno o dos municipios contenidos en el Anexo Único del Convenio de Coordinación y Adhesión para el otorgamiento de apoyos a las entidades federativas en el marco del Pronapred, celebrado entre la Secretaría y las entidades federativas seleccionadas".
Los recursos a que se refiere el párrafo anterior estarán sujetos a las disposiciones a que se refiere el artículo 4 de los Lineamientos.
“Estos recursos serán distribuidos en aquellas dos entidades federativas donde se encuentren los municipios con los más altos índices de selección y serán determinados por la Secretaría a través de la Dirección General de Planeación Estratégica para la Prevención Social y la Dirección General de Coordinación para la Operación Territorial, mediante la ponderación de los factores previstos en el artículo 6 de los Lineamientos utilizando la metodología establecida en el Anexo 1 de los Lineamientos".
“Para tal efecto, la Secretaría y las entidades federativas seleccionadas deberán suscribir un Convenio Modificatorio en términos del Anexo 1 del presente Acuerdo".
“Los recursos no ministrados y que no se hayan reasignado, se reintegrarán a la Tesorería de la Federación en los términos que establezcan las disposiciones aplicables”.
Finalmente, en los transitorios del acuerdo se indica que el presente acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
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